Todas las Administraciones Públicas, estatal, autonómica y
local deben disponer de un punto general de entrada de facturas electrónicas a
través del cual a partir del 15 de enero de 2015 se recibirán todas las
facturas electrónicas
FACe es el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
presentadas ante cualquier órgano de la Administración General
del Estado (AGE). Es una plataforma online que permite a los proveedores de los
organismos públicos la remisión de facturas (en formato electrónico Facturae) y la consulta del estado de tramitación de
las mismas a aquellos organismos de las administraciones que estén dadas
de alta en el sistema.
El uso de FACe era de carácter voluntario hasta el día 15 de
Enero de 2015, a
partir de dicha fecha es obligatorio presentar a través de ésta plataforma las
facturas electrónicas dirigidas a la Administración, Entidades Locales,
Comunidades Autónomas y organismos adheridos.
Se puede consultar los organismos adheridos a FACe en el
siguiente enlace https://face.gob.es/es/directorio
Además, el portal web de FACe permite a los
proveedores conectar sus sistemas de facturación mediante una integración
sencilla. Esta integración se realizaría por parte del fabricante de su
proveedor informático, la cual podría tener coste por el usuario final.
Si no dispone de un programa de facturación o el que
utiliza actualmente no es enlazable con FACe, no es necesario adquirir ningún
software adicional. FACe está integrado con el cliente de generación de
facturas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Este programa es
totalmente gratuito y es compatible con los sistemas operativos: Windows, Mac y
Linux.
El sistema de FACe no requiere que los proveedores o
terceros deban registrarse previamente para enviar o anular sus facturas. Sin
embargo, la seguridad que utiliza esta plataforma requiere firmar los mensajes
remitidos a través de esta interfaz mediante un certificado electrónico
reconocido y soportado por la misma, es decir,
solo es necesario disponer de un
certificado electrónico.
En la propia web de FACe es posible dar de alta un
primer certificado o bien gestionar los existentes.
La consulta del estado de tramitación de las
facturas remitidas a la Administración y el resto de organismos adheridos a
FACe, puede realizarse sin certificado electrónico indicando el CIF o NIF del
emisor de la factura, el número de factura, la serie y el importe de la misma.
Las facturas electrónicas que se
remitan a las Administraciones Públicas
han de tener tres requisitos:
Han de estar escritas en un lenguaje
informático determinado (XML).
Deben estar firmadas electrónicamente mediante un certificado reconocido.
Se ha de indicar el destinatario de la factura electrónica.
Para acceder a FACe https://face.gob.es/es/
Hasta la entrada en
vigor de la nueva ley las facturas se remitían al órgano gestor y a la unidad
tramitadora que correspondía, con la nueva legislación las facturas se remiten
obligatoriamente a:
Oficina Contable que es la unidad o unidades que
tienen atribuida la función de contabilidad en el organismo y que también son
competentes para la gestión del registro contable de facturas.
Órgano Gestor siendo este el Centro directivo,
delegación, subdelegación territorial u organismo de la Administración General
del Estado,
Comunidad Autónoma o Entidad Local a que corresponda la competencia sobre la
aprobación del expediente de gasto.
Unidad Tramitadora que será el Órgano administrativo al
que corresponda la tramitación de los expedientes, sin perjuicio de a quien
competa su aprobación
La
codificación de dichas unidades se puede consultar
en el directorio de organismos,
debiendo parecer estos códigos en la en
la factura electrónica
Aquí dejo un vídeo
esclarecedor que espero sea de utilidad
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