domingo, 2 de febrero de 2014

IVA FREE. Convierta sus tickets en facturas

A lo largo de un año, una PYME o un empresario autónomo realiza una infinidad de gastos de poca cuantía en gasolineras, en taxis, cafeterías, restaurantes, etc, sin solicitar la correspondiente factura con sus datos fiscales ya que desde que entró en vigor el Nuevo Reglamento de Facturación en 2013, los tickets ya no son legalmente deducibles, por lo que solicitar una factura para estos pequeños gastos se convierte en una molestia por el papeleo a realizar y una pérdida de tiempo.
Para dar solución a este inconveniente ha nacido una aplicación para dispositivos móviles llamada IVA Free

IVA FREE es una aplicación para dispositivos móviles (Apple o Android) que permite a empresas y autónomos convertir los tickets de caja en facturas electrónicas para poder desgravarse el IVA de los gastos profesionales.

El procedimiento para utilizar IVA Free es muy sencillo y  se puede resumir en cuatro pasos:
  1. Descargar la APP, desde el dispositivo móvil Apple o Android.
  2. Capturar el ticket con la cámara del Smartphone o Tableta.
  3. Localizar y seleccionar el nombre de uno de los establecimientos adheridos e introducir el importe y el concepto.
  4. Y por último añadir el número de ticket que aparece en el papel para confirmar.
El establecimiento debe validar esta factura electrónica, entrando en la plataforma en la cual verá todos los tickets de clientes registrados, pincharán en este y si todo es correcto lo validarán. Si se observase alguna anomalía, rechazarían este ticket y marcando el motivo, para que el usuario sea consciente e intente repetir la acción.
Señalar que las facturas electrónicas cuentan con todas las garantías legales exigidas por la Agencia Tributaria, así como con la recomendación de la Asociación de Asesores Fiscales (AEDAF).
Ventajas en los tres sectores fundamentales
Para el usuario, recuperar el IVA de los gastos profesionales, Las facturas electrónicas las tendrá digitalizadas y centralizadas, aunque es cierto que el servicio no es gratuito.
Para los establecimientos asociados, se ven favorecidos al captar nuevos clientes y fidelizar a los existentes. Además comisionaran un 10% por cada vez que consigan que un usuario obtenga una licencia. Formar parte de esta comunidad, les proporciona una publicidad adicional. Sólo tienen que registrarse en http://www.ivafree.es/ de forma totalmente gratuita 
Para las asesorías, es un ahorro de tiempo, de papel y de eficacia de trabajo, a parte también optaran a ese incentivo económico del 10% si consiguen que los usuarios compren las licencias.
Como idea está muy bien, pero aún tiene una serie e inconvenientes y otros que pueden llegar a serlo, entre los cuales están:
Ahora mismo solo funciona en Madrid, Barcelona, Sevilla y Bilbao y aunque cuenta con el respaldo de las Cámaras de Comercio de estas ciudades y  con el de la Asociación Española de Asesores Fiscales, a día de hoy todavía no existe una red de establecimientos adheridos lo suficientemente grande, por lo que las Cámaras de Comercio tendrán que lograr que todo el tejido de comercios adopte IVA Free y su uso se popularice para ampliar la base de datos de la app.
La descarga de la app es gratuita, también se puede probar el producto de manera que el empresario tiene la posibilidad de realizar gratis el canje de 10 tickets por facturas electrónicas a través de IVA Free, luego la aplicación tendrá que pagarla, a esto hay que añadir que los usuarios de teléfonos móviles están acostumbrados a app gratuitas o de importes ínfimos de uno a tres euros máximo. Los 49 euros se aplican por una licencia válida por autónomo o persona de una empresa, y este importe crece de manera secuencial hasta seis licencias, que costarían 204 euros.

Por último y para finalizar este post, subrayar que  la compra de la propia app también es deducible, porque desde el móvil el empresario, la compra la efectuará en la web IVA Free, y no desde las tiendas online Google Play o App Store, cuyas facturas están emitidas desde otros países de Europa cuyo IVA no es deducible, salvo que el empresario o empresa esté dado de alta en operaciones intracomunitarias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.