lunes, 30 de junio de 2014

Cambios y Limitaciones en el Sistema de Módulos con la Nueva Reforma Fiscal

Con la nueva reforma fiscal Hacienda eliminará el régimen de módulos salvo para aquellos autónomos que se dedican a actividades cuyos destinatarios directos son consumidores finales y no otros empresarios o profesionales, por lo que se  limitará los colectivos con sistema de módulos a aquellos con actividad directamente vinculada a particulares (comercio, hostelería, taxi...), así como agricultura y pesca. 
El Gobierno ya restringió desde enero de 2013 el sistema de módulos en la Ley de Lucha contra el Fraude, cuando excluyó a quienes facturaran menos del 50% de sus operaciones a particulares para empresarios cuyo volumen de rendimientos sea superior a 50.000 euros al año, y a quienes obtengan rendimientos de otros empresarios por importe superior a 225.000 euros
Ahora, con la nueva propuesta del Gobierno, las limitaciones en el sistema de módulos quedarán de la siguiente manera:
  • Como se ha indicado desde 2013 quedan fuera aquellas actividades que facturen menos de un 50% a las personas físicas
  • A partir de 2015: sólo los trabajadores por cuenta propia que tengan ventas anuales brutas inferiores a 150.000 euros podrán mantenerse en el sistema de módulos, siempre y cuando  en el año anterior no hayan emitido facturas superiores al valor conjunto de 75.000 euros, algo que afectará a la mayoría de los autónomos del sector del transporte por carretera, en especial vehículos pesados.
  • Y a partir de 2016: Todos los autónomos de los sectores de la Industria, incluida la agroalimentaria, así como la artesanía, la madera y la construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura) quedarán fuera del sistema de módulos independientemente de su nivel de facturación.
La nueva Ley también abre la puerta para que las actuales retenciones del 1% que soportan los autónomos que se encuentran en módulos sean revisadas con respecto al año 2016.
Además se reduce a 2.000 euros la cantidad para los gastos de difícil justificación que hasta ahora correspondía al 5% de los ingresos netos.
Con todo ello  las actividades que continuarán en el sistema de módulos serán:
  • Actividades como fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas.
  • Impresión de textos.
  • Comercio al por menor, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, mensajeros, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías.
  • Hostelería y restauración: Cafeterías, restaurantes, quioscos y hoteles de dos o menos estrellas.
  • Agricultura y ganadería, con un umbral de exclusión de 200.000 y 150.000 euros, sin verse afectadas por el destino final de la facturación.

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