Con el inicio del año, se han
producido cambios en las características y requisitos para firmar contratos
de aprendizaje y formación.
La contratación para la formación y
el aprendizaje tiene el objetivo de capacitar profesionalmente a los
trabajadores, al combinar la actividad laboral y la formación de tal
forma que posibilita que estos obtengan un título de formación profesional de
grado medio o superior o un certificado de profesionalidad.
A partir del 1 de enero de 2016 ha
cambiado la modalidad por la que los empleados bajo esta modalidad de contratación
reciben la formación destinada a obtener el certificado de profesionalidad
y ya no es posible que reciban formación a distancia, por lo que a
partir de dicha fecha, la actividad formativa de estos contratos dirigida a la
obtención de certificados de profesionalidad se tiene que realizar
necesariamente en la modalidad presencial o teleformación.
Además, se precisa de una autorización de la formación por parte
del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por lo que
deberá presentarse una solicitud con carácter previo al alta del trabajador y a
la realización del contrato. La ley prevé que el SEPE responda a la solicitud
con el plazo máximo de un mes.
Otros requisitos necesarios
Para realizar un contrato de
formación es necesario que:
- El trabajador tenga entre 16 y 29 años inclusive (hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%).
- El trabajador ha de estar inscrito como demandante de empleo y sin formación oficial relacionada con el puesto a desempeñar.
- La teleformación deberá ofrecerla un centro acreditado por el SEPE.
- El trabajador deberá tener asignado un tutor en el centro de trabajo durante toda la vigencia del contrato, que es de un año y prorrogable hasta los tres años.
Es importante señalar en este tipo
de contratos, que del total de la jornada laboral, el 25% se dedicará a
la formación teórica durante el primer año y que este porcentaje será del 15%
durante el segundo y tercer año.
Bonificaciones del contrato
de formación
Para la empresa, el contrato para el
aprendizaje y la formación tiene las siguientes bonificaciones:
- La reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
- Financiación de la formación: bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:
- Para el primer año: el 25% para los trabajadores en general y el 50% para los beneficiarios de la Garantía Juvenil (este tipo de contrato es compatible con el Sistema de Garantía Juvenil)
- Para el segundo y tercer año: el 15% para los trabajadores en general y el 25% para los beneficiarios de la Garantía Juvenil.