domingo, 29 de diciembre de 2019

EL NUEVO PROYECTO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA: EL BORRADOR DEL IVA




La Agencia Tributaria pondrá un proyecto piloto por el que ofrecerá a los usuarios un borrador del Modelo 303, donde se podrá revisar, modificar si es necesario y presentar de manera telemática e instantánea. 

A partir del mes de febrero de 2020 se enviarán los primeros borradores del IVA a un pequeño grupo de contribuyentes. En principio lo recibirán solo aquellos autónomos y pymes incluidos en el Suministro Inmediato de Informacion (SII) y con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros. 

Por el momento,  no formarán parte de este proyecto piloto  las empresas y profesionales acogidos al Régimen Especial de Caja, al Registro de Devoluciones Mensuales (REDEME) , aquellos que no apliquen la regla de prorrata en el IVA ni los que constituyan sectores diferenciales y los grupos de entidades.

Para 2022, todos los empresarios y profesionales que desempeñen una actividad económica habrán de confirmar las liquidaciones con el borrador del IVA.

En el futuro, el borrador podrá descargarse desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (con certificado digital, Cl@ve Pin o DNIe) al igual que los datos fiscales utilizados para el cálculo, de forma que se podan contrastar.

El borrador en principio, tendrá la misma información que el modelo 303 de IVA actual: desglose de IVA devengado y deducible, totales y resultado. Además de la cuenta bancaria a la que efectuar el cobro o pago.

El borrador sobretodo vendrá arropado fundamentalmente con la información de las facturas tanto de ingresos como de gastos que previamente se han ido comunicando a la Agencia Tributaria a lo largo del periodo.

Al igual que ocurre con la Declaración del IRPF, se podrá confirmar el borrador de IVA o no.

En caso de confirmar, el hecho de que nuestros datos coincidan con los de Agencia Tributaria, favorecerá una devolución más rápida de las cuotas (en el caso de que el IVA soportado supere al devengado).

En caso de no estar de acuerdo, el borrador se podrá modificar antes de su presentación (si bien posteriormente Agencia Tributaria nos requerirá con el fin de que se justifiquen las discrepancias).

La finalidad del nuevo borrador del IVA persigue varios objetivos
  • Cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y aumento de adscritos al sistema SII.
  • Mejora de la eficiencia y facilidad en la recaudación.
  • Reducir los tiempos de devolución del impuesto
  • Mayor control tributario y lucha contra el fraude.
·         A cambio, y  gracias a este sistema la Agencia Tributaria ya contará con nuestra información tributaria en tiempo real, se exime de la presentación de los modelos 347, 340 y 390.

Igualmente en previsión del aumento de las incidencias debido a esta gestión cada vez más automatizada, la Administración ha diseñado también un nuevo canal de asistencia digital integral, con el fin de mejorar la atención al contribuyente , son  centros ADI o Administraciones de Asistencia Digital Integral, los cuales estarán atendido por expertos de la AEAT en cada materia y dedicados exclusivamente a la asistencia al contribuyente de forma telefónica y electrónica, pudiendo resolver las dudas  y problemas sin desplazarse a la oficina de AEAT y en un margen horario más amplio
La prueba piloto de los centros ADI comenzará en Valencia, en otoño de 2020. En un principio, estarán orientados al IVA.

FELIZ AÑO A TOD@S