martes, 4 de abril de 2017

¿Cómo hacer la Declaración con Renta Web?




Arrancamos la Campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2016. Además de poder solicitar el borrador y confirmarlo, si bien, la principal novedad es que solamente se podrá confeccionar la declaración de la renta a través del servicio de Renta Web, este es el sustituto del programa PADRE y consiste en un servicio que proporcionará difundir el borrador de la declaración a aquellos contribuyentes a los que no tenían acceso al incorporar los datos fiscales.
Renta Web no es más que la fusión del  borrador y el programa PADRE  con el fin de   reunir las ventajas de ambos en una única plataforma 'online'. Su objetivo es facilitar la declaración pues ya no se necesita descargar ningún programa en el ordenador, sino que toda la operación se ejecuta a través de una aplicación la cual se encuentra ubicada en la web de la Agencia Tributaria.
Una de las ventajas de este nuevo sistema es que proporciona más flexibilidad a la declaración, ya que una vez que se ha iniciado la misma se puede interrumpir y luego reanudar desde el punto en el que se dejó. Otra de las ventajas es su portabilidad, pudiendo iniciar la declaración en un ordenador y acabarla en una tablet o un 'smartphone'.
Hasta 2016 la declaración de la renta se  presentaba bien a través del borrador o a través del programa PADRE. El borrador presentaba el problema de que apenas se podían realizar modificaciones, básicamente en los  datos personales no permitiendo modificar los datos fiscales.   Y el programa PADRE llevaba consigo la descarga e instalación del programa en un ordenador y sólo se podía usar en este tipo de dispositivo para realizar la declaración.
Este año para tramitar la Declaración de la Renta basta con acceder a la web  de la Agencia Tributaria pulsar en Renta 2016 y a continuación Renta Web, que permite acceder al borrador y comenzar con la tramitación de la declaración de la renta.
¿Quiénes podrán utilizar el programa?
Podrán acceder a él los declarantes con rendimientos de capital inmobiliario, con ganancias patrimoniales sin retención, transmisiones de inmuebles, imputaciones de no residentes o cesión de derechos de imagen. Este tipo de figuras requieren la aportación de datos fiscales por parte del contribuyente que antes les impedían usar el borrador. Sin embargo, ahora sólo están excluidos de 'Renta Web' aquellos contribuyentes con actividades económicas (autónomos y profesionales), que deberán utilizar el programa PADRE.
A partir de ahí, el contribuyente puede modificar o incorporar otros datos que la Agencia Tributaria desconoce, como aportaciones a partidos políticos o donaciones a ONGs, pensión compensatoria de alimentos o los gastos de la cuenta de valores.
¿Es necesario descargar algún programa?
Para utilizar esta aplicación únicamente habrá que acceder a la web de la Agencia Tributaria e identificarse mediante el DNI electrónico, el Pin 24 horas o la casilla 490 de la declaración del año anterior. En ese momento, el usuario podrá ver todos sus datos personales y fiscales. El propio programa le pedirá información adicional en caso de necesitarla. De hecho, avisará de la existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en ese momento.
¿Qué ocurre si me equivoco?
Aquí está  el problema de Renta Web, en caso de que cometa un error o una omisión de algún dato no permitirá modificarlo, la única forma sería hacer una complementaria.
Periodo de declaración con Renta Web
Este servicio estará disponible durante toda la Campaña de la Renta online, es decir, entre el 5 de abril y el 30 de junio, último día en el que se podrá presentar la declaración. Aquellos contribuyentes cuya declaración resulte positiva y deseen domiciliar el pago deben tener en cuenta que la fecha límite es el 25 de junio.